La Reforma Laboral: Impacto y Consecuencias para los Trabajadores

La reforma laboral y sus efectos en los trabajadores

En las últimas horas, y en el marco de un paro general convocado por la CGT, la Cámara de Diputados dio media sanción a la reforma laboral impulsada por el oficialismo. El proyecto, que ya contaba con aval del Senado, fue modificado durante su tratamiento en el recinto y ahora deberá regresar a la Cámara alta para su revisión definitiva.

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La iniciativa introduce cambios profundos en el régimen de contratación, en la negociación salarial, en el sistema indemnizatorio y en el alcance del derecho de huelga. Para sectores con alta densidad de empleo formal, como el comercio entrerriano, las modificaciones podrían tener un impacto directo en la dinámica cotidiana de trabajadores y empleadores.

Reforma laboral: qué cambia para empleados de comercio

El gremio mercantil es uno de los más numerosos del país y, por su propia naturaleza, concentra actividades que el proyecto considera “servicios de importancia trascendental”. Esto implica que, ante una medida de fuerza, las empresas deberán garantizar al menos el 50% de su funcionamiento habitual. En la práctica, las huelgas en supermercados, cadenas de retail o plataformas de comercio electrónico podrían tener mayores restricciones que hasta ahora.

Además, el texto elimina el principio de “ultraactividad”. Hasta el momento, cuando un convenio colectivo vencía, seguía vigente hasta que se firmara uno nuevo. Con la reforma, esa continuidad automática desaparece: si no hay acuerdo, el convenio pierde vigencia —salvo en lo referido a condiciones básicas de trabajo—. Para los empleados de comercio, que negocian paritarias periódicas en un contexto inflacionario, este punto modifica la relación de fuerzas en la negociación salarial.

También cambia la jerarquía de los convenios. La normativa actual establece que un acuerdo de empresa sólo puede aplicarse si resulta más favorable para el trabajador que el convenio colectivo general. Con el nuevo esquema, los acuerdos en ámbitos menores podrían imponerse incluso si contemplan condiciones menos beneficiosas. Esto abre la puerta a negociaciones diferenciadas dentro de grandes cadenas comerciales.

Salarios: posibilidad de pago en dólares y negociación por productividad

El proyecto habilita que el salario pueda abonarse en moneda extranjera, siempre que exista acuerdo entre las partes. Para empleados de comercio que trabajan en empresas con ingresos dolarizados o vinculadas al comercio exterior, esta opción podría convertirse en una herramienta de negociación.

A su vez, se incorpora el concepto de “negociación dinámica”: empleador y trabajador —o el sindicato— podrán pactar adicionales atados a metas de productividad, objetivos de venta o desempeño. En el sector comercial, donde las comisiones y premios son habituales, este punto podría consolidar esquemas variables por sobre aumentos generales.

Indemnizaciones y nuevo fondo de asistencia

En materia indemnizatoria, el proyecto redefine la base de cálculo. Quedarán excluidos conceptos como aguinaldo, vacaciones y premios no mensuales, lo que reduciría el monto final frente al sistema actual. Además, se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo alternativo y optativo. Las grandes empresas aportarían el 1% del salario (con posibilidad de elevarlo al 1,5%) y las PyMES el 2,5% (hasta 3%), con compensaciones en cargas sociales. En caso de que el fondo no alcance para cubrir la indemnización, el empleador deberá completar la diferencia.

Para trabajadores de comercio, donde conviven grandes cadenas y pequeños locales, el impacto podría variar según el tamaño de la empresa y su decisión de adherir o no al fondo.

Vacaciones y banco de horas

La reforma modifica la Ley de Contrato de Trabajo para permitir que las vacaciones se dividan en períodos no menores a siete días. En actividades comerciales con alta estacionalidad —como las ventas de verano o fechas especiales— esto podría facilitar una mayor flexibilidad organizativa.

También se incorpora el “banco de horas”. Las horas extra podrán acumularse como saldo a favor para compensarse con días libres o jornadas reducidas. Aunque se mantiene la posibilidad de pagarlas con el recargo del 50% o 100% según corresponda, el nuevo sistema habilita acuerdos distintos. En el comercio, donde los picos de trabajo suelen concentrarse en fines de semana y promociones especiales, esta herramienta podría modificar la liquidación habitual de adicionales.

Asambleas y derecho a huelga

La reforma introduce cambios en la Ley de Asociaciones Sindicales. Las asambleas y congresos de delegados no podrán interrumpir el normal funcionamiento de la empresa y deberán contar con autorización del empleador. Además, el tiempo destinado a esas actividades no será remunerado.

Se tipifican como faltas muy graves los bloqueos o tomas de establecimientos y las acciones que impidan trabajar a quienes no adhieran a un paro. Para el sector comercial —donde las medidas de fuerza suelen incluir cierres de locales o bloqueos logísticos— este punto endurece el marco regulatorio.

Blanqueo laboral e incentivos

El proyecto crea un régimen transitorio de promoción del empleo formal. Durante un año, las empresas que amplíen su nómina con trabajadores desempleados, monotributistas o ex empleados públicos accederán a reducciones en contribuciones patronales durante cuatro años. También se establece un blanqueo por seis meses para regularizar trabajadores no registrados, con condonación de multas y facilidades de pago de deudas previsionales. En un sector donde la informalidad persiste en pequeños comercios, estas herramientas podrían incentivar la registración, aunque el impacto dependerá del contexto económico general.

Licencias por enfermedad: se mantiene el régimen actual

Uno de los puntos más controvertidos fue el artículo 44, que proponía reducir el salario durante licencias por enfermedad inculpable al 50% o 75% según el caso. Finalmente, Diputados eliminó ese artículo. De este modo, continúa vigente el artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo, que garantiza el cobro del 100% del salario promedio durante tres o seis meses —según antigüedad— y hasta seis o doce meses si el trabajador tiene cargas de familia.

La reforma deberá ahora ser revisada por el Senado. Si obtiene sanción definitiva, redefinirá aspectos centrales del vínculo laboral. Para los empleados de comercio, uno de los colectivos más numerosos del país, los cambios no serán meramente formales: incidirán en la negociación salarial, en la organización del tiempo de trabajo y en el alcance efectivo de los derechos colectivos.

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