Ex Presidente Rural Recibe Medida Preventiva por Narcotráfico

Preventiva firme por narcotráfico a expresidente de la Sociedad Rural

Leonardo Airaldi, productor agropecuario y ex titular de la Sociedad Rural de Diamante, seguirá privado de la libertad en el penal hasta la realización del debate oral que se le sustanciará por el presunto delito de narcotráfico. En las últimas horas, el Tribunal Oral Federal de Paraná rechazó el pedido de prisión morigerada que realizó a través de su defensa, argumentando motivos de salud, familiares y de cercanía con el Tribunal. Será juzgado con 13 personas más.

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El Tribunal resolvió “no hacer lugar a la detención domiciliaria, en morigeración de la prisión preventiva, solicitada por la defensa de Airaldi”. En su fallo, concluyó que “el encarcelamiento preventivo del imputado en una unidad carcelaria continúa siendo apropiado, temporal y materialmente, a los fines de llegar a la efectivización del juicio oral”.

Fundamentos del rechazo

El Tribunal sostuvo que, en relación al estado de salud del procesado, “ha recibido la atención médica correspondiente por parte del mismo servicio de salud dentro del establecimiento carcelario” y añadió que “también ha sido trasladado a numerosos turnos por consultas con diferentes especialistas y diversos estudios que la defensa ha tramitado en esta sede”.

Respecto al interés superior de los hijos menores del imputado, el Tribunal expresó que los niños “se encuentran al cuidado de su madre” y que se ha dispuesto “el efectivo cumplimiento del convenio de alimentos y otros celebrado entre Airaldi y la madre de los niños, a fines de asegurar la comunicación del nombrado con sus hijos, a través de plataforma zoom o mediante celular”.

Añadió que el argumento de que la prisión domiciliaria favorecería las visitas “se diluye a poco que advirtamos que se trata de dos menores de 5 años que viven con su madre… a aproximadamente 50 kilómetros de Paraná”. Además, se indicó que Airaldi será alojado en la Unidad Penal N° 1 de Paraná durante el debate, asegurando su comparecencia.

Gravedad de la acusación y peligro de fuga

El Tribunal ponderó que “los hechos atribuidos son graves y que de arribarse eventualmente a una condena, ella no habilitaría su cumplimiento condicional, dado que el mínimo previsto en la escala penal aplicable es de 8 años”.

Ante “tamaña acusación”, consideraron que persiste “el peligro de entorpecimiento” relacionado con “la posibilidad de contaminar la producción probatoria en debate”, mediante posibles maniobras de hostigamiento o amedrentamiento de testigos.

Acerca del peligro de fuga, evaluaron que “dada la inminencia del inicio del juicio oral y público y la amenaza penal en ciernes, el peligro de fuga mantiene su potencial virtualidad si se tienen en cuenta los ingentes recursos económico-financieros de que dispone el imputado como sus afiatados vínculos sociales y/o político-gremiales”.

Posición de la Fiscalía

El Fiscal General, José Ignacio Candioti, y el Fiscal Auxiliar, Juan Sebastián Podhainy, también rechazaron el pedido. Señalaron que Airaldi “se encuentra debidamente atendido y controlado” en cuanto a su salud y que la distancia desde el penal de Gualeguaychú “en nada obsta al derecho a defensa”, pudiendo subsanarse con videoconferencia.

Los fiscales destacaron que Airaldi está procesado por un delito previsto en la ley de estupefacientes, sumado a otra causa por “almacenamiento de estupefacientes… del que resultó el hallazgo de 29.491,81 gramos de clorhidrato de cocaína”. Concluyeron que “ambas conductas tratan acerca de delitos graves, cuya pena en expectativa resulta alta”, superando ampliamente los 8 años de prisión.

Argumentos de la defensa

La defensa del productor, ejercida por Mariana Barbitta, había solicitado el arresto domiciliario considerando “aspectos de la vida familiar y personal” de Airaldi. Argumentó que no se fundamentó suficientemente el riesgo de fuga y que el riesgo de entorpecimiento procesal ya no existe al estar “en vísperas del debate oral”.

Barbitta destacó el comportamiento de su defendido durante el procedimiento, señalando que “nunca eludió el accionar de la justicia”, que “estuvo a disposición y colaborativo” y que “brindó todas las claves de sus teléfonos celulares”. Respecto al peligro de entorpecimiento, resaltó que “la prueba ya ha sido producida en la instrucción”, siendo imposible que el procesado hostigue testigos en esta instancia.

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