Condenado sin derecho a prisión domiciliaria: ¿Qué significa?

Condenado sin prisión domiciliaria

El Tribunal Oral Federal de Paraná rechazó el pedido de prisión domiciliaria para Sergio Oscar De Araquistain, condenado por integrar una asociación ilícita dedicada a simular pagos de impuestos. La justicia entendió que en la unidad penal donde se encuentra alojado puede recibir la atención médica necesaria para su patología.

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En las últimas horas, la vocal Noemí Berros, en una resolución unipersonal, resolvió “rechazar el pedido de prisión domiciliaria efectuado por la defensa del condenado Sergio Oscar De Araquistain”. Además, dispuso “requerir a la Unidad Penal N°9 de Gualeguaychú se brinde con periodicidad la debida atención médica correspondiente a la dolencia que padece De Araquistain y, en caso de requerir atención médica fuera del establecimiento, se haga saber a este Tribunal con la debida antelación para su trámite”.

Falta de prueba para un cambio de modalidad

En la resolución, Berros consideró que “si bien se invoca el padecimiento de salud que se encuentra atravesando De Araquistain, no surge de los informes médicos remitidos, tanto por el médico de la Cámara de Apelaciones de Paraná como por el médico del establecimiento carcelario donde se encuentra alojado el condenado, que el mismo se encuentre en una situación grave de salud que amerite modificar la modalidad de encierro”. La vocal añadió que “por el contrario, se indica que el interno puede continuar el tratamiento a su patología en la Unidad Penal N°9 de Gualeguaychú”.

Berros manifestó que “asimismo, luce del informe remitido por el establecimiento carcelario, que el interno se encuentra estable y bajo control, suministrándosele medicación por su dolencia”. No obstante, sostuvo que “de todos modos, conforme lo sugerido por el médico de parte, Eduardo Genaro, corresponde solicitar a la Unidad Penal N°9 de Gualeguaychú que el interno De Araquistain tenga la debida atención médica correspondiente a su dolencia con periodicidad”.

El pedido de la defensa y la postura fiscal

El defensor Carlos González Guerra había solicitado la prisión domiciliaria en una vivienda de la localidad de General Belgrano, provincia de Buenos Aires. Fundamentó el pedido en que “su pupilo padece un grave estado de salud y riesgo médico derivado de las condiciones de encarcelamiento”, adjuntando un informe que detallaba que el paciente presenta “artritis reumatoidea seropositiva de larga data”, con “múltiples episodios de exacerbación inflamatoria, dolor articular intenso y limitación funcional severa”.

Por su parte, el fiscal general José Ignacio Candioti manifestó que “los extremos invocados por la defensa, si bien mencionan que Sergio De Araquistain padecería una enfermedad que no puede ser debidamente tratada dentro del establecimiento penitenciario en el cual se encuentra alojado, no son suficientes para otorgarle la prisión domiciliaria pretendida”. Consideró indispensable contar con reportes de la unidad penal y la opinión del médico de Cámara.

La condena por asociación ilícita

Sergio Oscar De Araquistain fue condenado –junto a Roberto Mario Izaguirre Ibáñez y Salvador Luis Morelli– por el delito de Asociación Ilícita Fiscal. Los hechos tuvieron lugar entre 2010 y 2015, beneficiando a empresarios de la región.

En los fundamentos del fallo, el TOF sostuvo que los tres condenados “sabían y querían integrar una organización o asociación” que funcionaba básicamente sobre dos ejes centrales, con base en Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Paraná.

La organización contactaba a contribuyentes de Paraná que registraban deuda ante la AFIP, como Miguel Ángel Marizza, Guillermo Gabriel Galeazzo y Néstor Iván Szczech. A ellos les proporcionaban certificados falsos de retenciones ficticias, que generaban un saldo de libre disponibilidad utilizado indebidamente para cancelar deudas fiscales.

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