OSER: Síndico investigado por posible incumplimiento legal

Síndico de OSER: Investigación por posible incumplimiento legal

Un pedido de informes cuestiona la designación de un síndico en la OSER por posibles irregularidades

En las últimas horas, un pedido de informes instó al Gobierno provincial a precisar si Juan Carlos Paludi, síndico fiscalizador por el oficialismo en la Obra Social de Entre Ríos (OSER), cuenta efectivamente con el título de contador público y si, como jubilado, renunció a percibir el haber mientras se desempeña en esa función. La nueva Ley de la OSER prescribe que los síndicos deberán ser abogados, contador público nacional o médico y tener una antigüedad profesional comprobable mínima de 10 años en la provincia, requisitos que, según la solicitud, no se cumplirían.

El pedido formal

El síndico fiscalizador por la oposición, Pablo Giampaolo, presentó un pedido dirigido al presidente de la obra social, Mariano Gallegos, para que se brinde información que determine “el actual estado de situación laboral de Juan Carlos Paludi”. La solicitud se basa en las disposiciones de la Constitución Provincial y las Leyes 7413/84 y 11.202/25, esta última que crea la nueva OSER. Giampaolo actuó en función de “las tareas de fiscalización que me han sido asignadas”, considerando necesario solicitar los datos para “ratificar o rectificar” la situación.

Los requisitos de la ley y las dudas

El artículo 24 de la Ley 11.202 consigna como requisitos para los síndicos: poseer título de Abogado, Contador Público Nacional o Médico; tener una antigüedad profesional comprobable mínima de 10 años dentro de Entre Ríos; y no estar comprendido en las incompatibilidades previstas. El pedido señala que, tras el decreto que designó a Paludi, no se pudo encontrar “la procedencia de su título universitario de grado en las universidades nacionales, ni datos sobre su estado de matriculación profesional”.

Se destacó que la matriculación es obligatoria para el ejercicio profesional y que “en los registros del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos no existe evidencia de su matriculación, como tampoco en los registros del mismo Consejo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. De confirmarse esta situación, se configuraría un incumplimiento de la ley, ya que Paludi no poseería el título habilitante ni se podría comprobar su ejercicio profesional en la provincia por el tiempo requerido.

Posibles incompatibilidades

El pedido también aborda posibles incompatibilidades. Se recordó que el artículo 40 de la Constitución provincial prohíbe acumular empleos, y que la Ley 7413/84 dispone la incompatibilidad entre un empleo público provincial y la percepción de una jubilación. Se exceptúan solo ciertos casos, requiriéndose la suspensión del beneficio previsional para continuar en el cargo.

En ese sentido, se indicó que, según datos de la ANSES y el PAMI, Juan Carlos Paludi figura como beneficiario “pasivo” y jubilado. Además, se mencionó que desempeña funciones en la Universidad Autónoma de Entre Ríos (UADER), lo que podría generar otra superposición sujeta a reglamentación específica sobre compatibilidad horaria.

Documentación solicitada y acciones posibles

Para clarificar la situación, se solicitó formalmente que se remita: copia de la suspensión del beneficio de jubilación; documentación probatoria sobre su situación previsional al momento de la designación; detalles de sus funciones y carga horaria en la UADER; copia de su título de Contador Público Nacional; y una certificación del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos con su número de matrícula y antigüedad.

El pedido advierte que, de ratificarse los incumplimientos o en caso de no obtener respuesta, se notificará al Tribunal de Cuentas provincial y se iniciarán las acciones correspondientes. Esto podría incluir la devolución de emolumentos cobrados y cualquier otra medida para regularizar la situación, basándose en lo establecido en la ley.

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